La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informa que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca) firmaron un acuerdo para cambiar excepcionalmente el día del empleado de Comercio.
En materia de remuneración, se debe dar cumplimiento a las normas legales vigentes en materia laboral (LCT y concordantes) y con los alcances de la Ley 26.541 estableciéndose que el lunes en que se conmemorará el día del empleado de comercio no se podrá otorgar como franco compensatorio de descanso semanal.
El Día del Empleado de Comercio fue instituido el 26 de septiembre por la Ley 26.541. No obstante, a partir de dicho acuerdo, la fecha fue trasladada este año al lunes 27 de septiembre.